ADGG025PO

FIRMA ELECTRÓNICA. LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA COMUNICACIÓN.

PRESENCIAL Especialidad No Formal Familia ADGG
Programa formativo ADGG025PO.pdf
Programa formativo en texto Texto extraído del programa

PROGRAMAS DE FORMACIÓN DIRIGIDOS PRIORITARIAMENTE A TRABAJADORES OCUPADOS

Abril 2022

1. Familia Profesional: ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

Área Profesional: GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

4. Objetivo General: Adquirir los conocimientos para la utilización de la firma y certificado electrónico.

Aprender los usos y utilidades que nos proporciona el DNI e.

5. Número de participantes: Según normativa, el número máximo de participantes en modalidad presencial es

de 30.

6. Duración:

Horas totales: 45 Modalidad: Indistinta

Distribución de horas:

Presencial:................. 45

Teleformación:........... 45

7. Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento:

7.1 Espacio formativo:

AULA POLIVALENTE:

El aula contará con las instalaciones y equipos de trabajo suficientes para el desarrollo de la acción formativa.

• Superficie: El aula deberá contar con un mínimo de 2m2 por alumno.

• Iluminación: luz natural y artificial que cumpla los niveles mínimos preceptivos.

• Ventilación: Climatización apropiada.

• Acondicionamiento eléctrico de acuerdo a las Normas Electrotécnicas de Baja Tensión y otras normas de

aplicación.

• Aseos y servicios higiénicos sanitarios en número adecuado.

• Condiciones higiénicas, acústicas y de habitabilidad y seguridad, exigidas por la legislación vigente.

• Adaptabilidad: en el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad dispondrá de las

adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar la participación en condiciones de igualdad.

• PRL: cumple con los requisitos exigidos en materia de prevención de riesgos laborales

Cada espacio estará equipado con mobiliario docente adecuado al número de alumnos, así mismo

constará de las instalaciones y equipos de trabajo suficientes para el desarrollo del curso.

7.2 Equipamientos:

Se contará con todos los medios y materiales necesarios para el correcto desarrollo formativo.

- Pizarra.

- Rotafolios.

- Material de aula.

- Medios audivisuales.

- Mesa y silla para formador/a.

- Mesas y sillas para alumnos/as.

- Hardware y Software necesarios para la impartición de la formación.

- Conexión a Internet.

Se entregará a los participantes los manuales y el material didáctico necesarios para el adecuado desarrollo

de la acción formativa

Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria

correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.

En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los

ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.

Plataforma de teleformación:

La plataforma de teleformación que se utilice para impartir acciones formativas deberá alojar el material

virtual de aprendizaje correspondiente, poseer capacidad suficiente para desarrollar el proceso de

aprendizaje y gestionar y garantizar la formación del alumnado, permitiendo la interactividad y el trabajo

cooperativo, y reunir los siguientes requisitos técnicos de infraestructura, software y servicios:

• Infraestructura

- Tener un rendimiento, entendido como número de alumnos que soporte la plataforma, velocidad de

respuesta del servidor a los usuarios, y tiempo de carga de las páginas Web o de descarga de archivos,

que permita:

a) Soportar un número de alumnos equivalente al número total de participantes en las acciones

formativas de formación profesional para el empleo que esté impartiendo el centro o entidad de formación,

garantizando un hospedaje mínimo igual al total del alumnado de dichas acciones, considerando que el

número máximo de alumnos por tutor es de 80 y un número de usuarios concurrentes del 40% de ese

alumnado.

b) Disponer de la capacidad de transferencia necesaria para que no se produzca efecto retardo en la

comunicación audiovisual en tiempo real, debiendo tener el servidor en el que se aloja la plataforma un

ancho de banda mínimo de 300 Mbs, suficiente en bajada y subida.

- Estar en funcionamiento 24 horas al día, los 7 días de la semana.

• Software:

- Compatibilidad con el estándar SCORM y paquetes de contenidos IMS.

- Niveles de accesibilidad e interactividad de los contenidos disponibles mediante tecnologías web que

como mínimo cumplan las prioridades 1 y 2 de la Norma UNE 139803:2012 o posteriores actualizaciones,

según lo estipulado en el capítulo III del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre.

- El servidor de la plataforma de teleformación ha de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley

Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos

digitales, por lo que el responsable de dicha plataforma ha de identificar la localización física del servidor y

el cumplimento de lo establecido sobre transferencias internacionales de datos en los artículos 40 a 43 de

la citada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, así como, en lo que resulte de aplicación, en el

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la

protección de las personas físicas respecto del tratamiento de datos personales y la libre circulación de

estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

- Compatibilidad tecnológica y posibilidades de integración con cualquier sistema operativo, base de

datos, navegador de Internet de los más usuales o servidor web, debiendo ser posible utilizar las funciones

de la plataforma con complementos (plug-in) y visualizadores compatibles. Si se requiriese la instalación

adicional de algún soporte para funcionalidades avanzadas, la plataforma debe facilitar el acceso al mismo

sin coste.

- Disponibilidad del servicio web de seguimiento (operativo y en funcionamiento) de las acciones

formativas impartidas, conforme al modelo de datos y protocolo de transmisión establecidos en el anexo V

de la Orden/TMS/369/2019, de 28 de marzo.

• Servicios y soporte

- Sustentar el material virtual de aprendizaje de la especialidad formativa que a través de ella se imparta.

- Disponibilidad de un servicio de atención a usuarios que de soporte técnico y mantenga la

infraestructura tecnológica y que, de forma estructurada y centralizada, atienda y resuelva las consultas e

incidencias técnicas del alumnado. Las formas de establecer contacto con este servicio, que serán

mediante teléfono y mensajería electrónica, tienen que estar disponibles para el alumnado desde el inicio

hasta la finalización de la acción formativa, manteniendo un horario de funcionamiento de mañana y de

tarde y un tiempo de demora en la respuesta no superior a 48 horas laborables.

- Personalización con la imagen institucional de la administración laboral correspondiente, con las pautas

de imagen corporativa que se establezcan.

Con el objeto de gestionar, administrar, organizar, diseñar, impartir y evaluar acciones formativas a través

de Internet, la plataforma de teleformación integrará las herramientas y recursos necesarios a tal fin,

disponiendo, específicamente, de herramientas de:

- Comunicación, que permitan que cada alumno pueda interaccionar a través del navegador con el tutor-

formador, el sistema y con los demás alumnos. Esta comunicación electrónica ha de llevarse a cabo

mediante herramientas de comunicación síncronas (aula virtual, chat, pizarra electrónica) y asíncronas

(correo electrónico, foro, calendario, tablón de anuncios, avisos). Será obligatorio que cada acción

formativa en modalidad de teleformación disponga, como mínimo, de un servicio de mensajería, un foro y

un chat.

- Colaboración, que permitan tanto el trabajo cooperativo entre los miembros de un grupo, como la

gestión de grupos. Mediante tales herramientas ha de ser posible realizar operaciones de alta,

modificación o borrado de grupos de alumnos, así como creación de «escenarios virtuales» para el trabajo

cooperativo de los miembros de un grupo (directorios o «carpetas» para el intercambio de archivos,

herramientas para la publicación de los contenidos, y foros o chats privados para los miembros de cada

grupo).

- Administración, que permitan la gestión de usuarios (altas, modificaciones, borrado, gestión de la lista

de clase, definición, asignación y gestión de permisos, perfiles y roles, autenticación y asignación de

niveles de seguridad) y la gestión de acciones formativas.

- Gestión de contenidos, que posibiliten el almacenamiento y la gestión de archivos (visualizar archivos,

organizarlos en carpetas –directorios- y subcarpetas, copiar, pegar, eliminar, comprimir, descargar o

cargar archivos), la publicación organizada y selectiva de los contenidos de dichos archivos, y la creación

de contenidos.

- Evaluación y control del progreso del alumnado, que permitan la creación, edición y realización de

pruebas de evaluación y autoevaluación y de actividades y trabajos evaluables, su autocorrección o su

corrección (con retroalimentación), su calificación, la asignación de puntuaciones y la ponderación de las

mismas, el registro personalizado y la publicación de calificaciones, la visualización de información

estadística sobre los resultados y el progreso de cada alumno y la obtención de informes de seguimiento.

Material virtual de aprendizaje:

El material virtual de aprendizaje para el alumnado mediante el que se imparta la formación se concretará

en el curso completo en formato multimedia (que mantenga una estructura y funcionalidad homogénea),

debiendo ajustarse a todos los elementos de la programación (objetivos y resultados de aprendizaje) de

este programa formativo que figura en el Catálogo de Especialidades Formativas y cuyo contenido cumpla

estos requisitos:

- Como mínimo, ser el establecido en el citado programa formativo del Catálogo de Especialidades

Formativas.

- Estar referido tanto a los objetivos como a los conocimientos/ capacidades cognitivas y prácticas, y

habilidades de gestión, personales y sociales, de manera que en su conjunto permitan conseguir los

resultados de aprendizaje previstos.

- Organizarse a través de índices, mapas, tablas de contenido, esquemas, epígrafes o titulares de fácil

discriminación y secuenciase pedagógicamente de tal manera que permiten su comprensión y retención.

- No ser meramente informativos, promoviendo su aplicación práctica a través de actividades de

aprendizaje (autoevaluables o valoradas por el tutor-formador) relevantes para la adquisición de

competencias, que sirvan para verificar el progreso del aprendizaje del alumnado, hacer un seguimiento de

sus dificultades de aprendizaje y prestarle el apoyo adecuado.

- No ser exclusivamente textuales, incluyendo variados recursos (necesarios y relevantes), tanto

estáticos como interactivos (imágenes, gráficos, audio, video, animaciones, enlaces, simulaciones,

artículos, foro, chat, etc.). de forma periódica.

- Poder ser ampliados o complementados mediante diferentes recursos adicionales a los que el

alumnado pueda acceder y consultar a voluntad.

- Dar lugar a resúmenes o síntesis y a glosarios que identifiquen y definan los términos o vocablos

básicos, relevantes o claves para la comprensión de los aprendizajes.

- Evaluar su adquisición durante y a la finalización de la acción formativa a través de actividades de

evaluación (ejercicios, preguntas, trabajos, problemas, casos, pruebas, etc.), que permitan medir el

rendimiento o desempeño del alumnado.

8. Requisitos necesarios para el ejercicio profesional:

(Este epígrafe sólo se cumplimentará si existen requisitos legales para el ejercicio de la profesión)

9. Requisitos oficiales de los centros:

(Este epígrafe sólo se cumplimentará si para la impartición de la formación existe algún requisito de homologación /

autorización del centro por parte de otra administración competente.

1. LA FIRMA ELECTRÓNICA.

1.1. Régimen jurídico aplicable.

1.2. Concepto.

1.3. Tipos de firma.

1.4. Usos.

1.5. Formatos.

1.6. Dispositivos de firma.

1.7. Sistema de Certificación de prestadores de servicios de certificación y dispositivos de servicios de

firma electrónica.

1.8. La firma electrónica como medio de prueba en juicio.

1.9. Documentos firmados electrónicamente.

1.10. Servicios de Certificación.

1.11. Concepto de prestadores de servicios de certificación sujeto a la Ley.

1.12. Infracciones y sanciones.

2. CERTIFICADO ELECTRÓNICO

2.1. Certificado Electrónico.

2.1.1. Tipos.

2.1.2. Clases.

2.2. Entidades Emisoras de Certificados Electrónico.

2.3. Procedimiento de obtención de un Certificado Electrónico.

2.4. La confidencialidad del Certificado Electrónico.

2.5. Extinción de la vigencia de Certificado Electrónico.

2.6. Certificados Reconocidos.

3. EL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD ELECTRÓNICO

3.1. Introducción.

3.2. Régimen Jurídico Aplicable.

3.3. Aspectos Comunes del DNI y DNIe.

3.4. Documento Nacional de Identidad Electrónico.

4. RELACIONES TELEMÁTICAS CON LA ADMINISTRACIÓN

4.1. Relaciones telemáticas entre la Administración Públicas y los ciudadanos.

4.2. Expediente electrónico.

4.3. Notificaciones electrónicas.