LIMPIEZA EN ESPACIOS ABIERTOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES (INSERCIÓN)
Duración: 140 Precio: GRATUITO
NOMBRE CURSO: LIMPIEZA EN ESPACIOS ABIERTOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES
MODALIDAD: PRESENCIAL
OBJETIVO GENERAL
Realizar las labores de limpieza en espacios abiertos, instalaciones y equipamientos industriales, utilizando los medios, útiles y vehículos de tonelaje inferior a 3.500 Kilogramos, adecuados a cada espacio y/o equipamiento para alcanzar la consecución de un óptimo nivel de limpieza, higiene y ornato.
ENTORNO PROFESIONAL
Ámbito profesional: Desarrolla su actividad profesional en la Administración pública y empresas del sector privado, en el área de la limpieza viaria e industrial. Se integra en equipos de trabajo y depende funcionalmente del superior responsable.
Fecha selección: 29/11/2023
Fecha inicio: 27/12/2023
Fecha finalización: 15/02/2024
Horario: 09:00 A 14:00 L,M,X,J,V
Requisitos de acceso:
Las personas participantes en este programa habrán de encontrarse en situación o riesgo de exclusión social o laboral, debiendo estar incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas con discapacidad, a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. A este respecto, se considera también que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
b) Personas titulares de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo para la formación.
c) Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital regulado por la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. También personas perceptoras de subsidios por desempleo u otras prestaciones equivalentes. Esta condición se extiende a los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de cualquiera de las prestaciones anteriores.
d) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a la que se hace referencia en la letra anterior, por alguna de las siguientes causas: - Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora. - Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
e) Personas mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de situación de tutela por parte de Instituciones de Protección de Menores, o en situación de internamiento en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como personas en situación de libertad condicional y personas ex reclusas.
f) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Administración Pública.
h) Personas menores extranjeras no acompañadas.
i) Personas pertenecientes a minorías étnicas que acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.
j) Personas que tengan reconocida la condición de refugiadas; personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
k) Víctimas de violencia de género, acreditándose esa condición de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género.
l) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social de centros inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
CÓDIGO DE LA ESPECIALIDAD FORMATIVA O DEL CP SEAG0209
Cualificación profesional de referencia:
SEA406_1 Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales (RD
1179/2008, de 11 de julio).
Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de
profesionalidad:
UC1313_1: Realizar labores de limpieza en espacios abiertos.
UC1314_1: Realizar labores de limpieza en instalaciones y equipamientos industriales
Saber leer y escribir
Las personas participantes en este programa habrán de encontrarse en situación o riesgo de exclusión social o laboral, debiendo estar incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas con discapacidad, a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. A este respecto, se considera también que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
b) Personas titulares de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo para la formación.
c) Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital regulado por la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. También personas perceptoras de subsidios por desempleo u otras prestaciones equivalentes. Esta condición se extiende a los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de cualquiera de las prestaciones anteriores.
d) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a la que se hace referencia en la letra anterior, por alguna de las siguientes causas: - Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora. - Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
e) Personas mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de situación de tutela por parte de Instituciones de Protección de Menores, o en situación de internamiento en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como personas en situación de libertad condicional y personas ex reclusas.
f) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Administración Pública.
h) Personas menores extranjeras no acompañadas.
i) Personas pertenecientes a minorías étnicas que acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.
j) Personas que tengan reconocida la condición de refugiadas; personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
k) Víctimas de violencia de género, acreditándose esa condición de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género.
l) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social de centros inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Diplomado Superior en Relaciones Laborales, además titulado con tres años en la carrera de Ciencias Físicas y con un postgrado en práctica socio laboral, tiene más de 5.000 horas de experiencia en formación. Certificado por LEGO EDUCATION.
Las personas participantes en este programa habrán de encontrarse en situación o riesgo de exclusión social o laboral, debiendo estar incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas con discapacidad, a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. A este respecto, se considera también que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
b) Personas titulares de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo para la formación.
c) Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital regulado por la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. También personas perceptoras de subsidios por desempleo u otras prestaciones equivalentes. Esta condición se extiende a los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de cualquiera de las prestaciones anteriores.
d) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a la que se hace referencia en la letra anterior, por alguna de las siguientes causas: - Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora. - Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
e) Personas mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de situación de tutela por parte de Instituciones de Protección de Menores, o en situación de internamiento en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como personas en situación de libertad condicional y personas ex reclusas.
f) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Administración Pública.
h) Personas menores extranjeras no acompañadas.
i) Personas pertenecientes a minorías étnicas que acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.
j) Personas que tengan reconocida la condición de refugiadas; personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
k) Víctimas de violencia de género, acreditándose esa condición de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género.
l) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social de centros inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Libreta y bolígrafo
USB
Certificado de profesionalidad