OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS MICROINFORMÁTICOS (INSERCIÓN)
Duración: 300 Precio: GRATUITO
NOMBRE CURSO: OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS MICROINFORMATICOS
HORAS: 290
MODALIDAD: PRESENCIAL
OBJETIVO GENERAL: Realizar operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de equipos microinformáticos y periféricos, bajo la supervisión de un responsable, aplicando criterios de calidad y actuando en condiciones de seguridad y respeto al medio ambiente, siguiendo instrucciones y procedimientos establecidos
Fecha selección: 09/12/2024
Fecha inicio: 16/12/2024
Fecha finalización: 01/04/2025
Horario: 09:00 a 14:00h
CÓDIGO DE LA ESPECIALIDAD FORMATIVA O DEL CP: IFCT0108
Requisitos de acceso:
Saber leer y escribir
Las personas participantes en este programa habrán de encontrarse en situación o
riesgo de exclusión social o laboral, debiendo estar incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas con discapacidad, a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. A este respecto, se considera también que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de
la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en
el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad.
b) Personas titulares de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo
para la formación.
c) Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital regulado por la Ley 3/2021, de 20 de
mayo, o la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, aprobada
por Decreto 161/2021, de 13 de octubre, del Gobierno de Aragón.
También personas perceptoras de subsidios por desempleo u otras prestaciones equivalentes. Esta condición se extiende a los miembros de la unidad de convivencia benefciarios de cualquiera de las prestaciones anteriores.
d) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a la que se hace referencia en la
letra anterior, por alguna de las siguientes causas:
- Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de
la unidad perceptora.
- Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
-e) Personas mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de situación
de tutela por parte de Instituciones de protección de menores, o en situación de internamiento en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria les permita acceder a
un empleo, y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de
julio, así como personas en situación de libertad condicional y personas ex reclusas.
f) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Administración Pública.
h) Personas menores extranjeras no acompañadas.
i) Personas pertenecientes a minorías étnicas que acrediten estar en situación o riesgo
de exclusión social.
j) Personas que tengan reconocida la condición de refugiadas; personas solicitantes o
benefciarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
k) Víctimas de violencia de género, acreditándose esa condición de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género.
l) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social de centros inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la
Comunidad Autónoma de Aragón.
La pertenencia a los colectivos anteriores se acreditará mediante informe de la entidad de
formación acreditativo del cumplimiento de los requisitos por parte del alumnado que se incorpore, a través del correspondiente certifcado o documento probatorio equivalente, que podrá
extenderse por:
a) Los servicios sociales públicos o del centro de acogida en el que resida.
b) La entidad privada sin ánimo de lucro que los atienda.
c) Un trabajador o una trabajadora social colegiado/a.
d) Resolución judicial, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal.
Se exceptúan las personas con discapacidad referidas en el apartado a) que aportarán la
certifcación o documento de reconocimiento de grado de discapacidad o reconocimiento de
la incapacidad y las personas referidas en el apartado b) que presentarán la autorización de
residencia temporal por arraigo de formación.
MÓDULOS CERTIFICADO
MF1207_1: Operaciones auxiliares de montaje de
componentes informático
MF1208_1: Operaciones auxiliares de mantenimiento de
sistemas microinformáticos.
MF1209_1: Operaciones auxiliares con tecnologías de la
información y la comunicación
OCUPACIONES O PUESTOS DE TRABAJO RELACIONADOS
- Operario en montaje de equipos microinformáticos.
- Operario en mantenimiento de sistemas microinformáticos.
MÓDULOS CERTIFICADO
MF1207_1: Operaciones auxiliares de montaje de
componentes informático
MF1208_1: Operaciones auxiliares de mantenimiento de
sistemas microinformáticos.
MF1209_1: Operaciones auxiliares con tecnologías de la
información y la comunicación
Saber leer y escribir
2. Las personas participantes en este programa habrán de encontrarse en situación o
riesgo de exclusión social o laboral, debiendo estar incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas con discapacidad, a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. A este respecto, se considera también que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de
la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en
el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad.
b) Personas titulares de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo
para la formación.
c) Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital regulado por la Ley 3/2021, de 20 de
mayo, o la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, aprobada
por Decreto 161/2021, de 13 de octubre, del Gobierno de Aragón.
También personas perceptoras de subsidios por desempleo u otras prestaciones equivalentes. Esta condición se extiende a los miembros de la unidad de convivencia benefciarios de cualquiera de las prestaciones anteriores.
d) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a la que se hace referencia en la
letra anterior, por alguna de las siguientes causas:
- Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de
la unidad perceptora.
- Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
-e) Personas mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de situación
de tutela por parte de Instituciones de protección de menores, o en situación de internamiento en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria les permita acceder a
un empleo, y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de
julio, así como personas en situación de libertad condicional y personas ex reclusas.
f) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Administración Pública.
h) Personas menores extranjeras no acompañadas.
i) Personas pertenecientes a minorías étnicas que acrediten estar en situación o riesgo
de exclusión social.
j) Personas que tengan reconocida la condición de refugiadas; personas solicitantes o
benefciarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
k) Víctimas de violencia de género, acreditándose esa condición de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género.
l) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social de centros inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la
Comunidad Autónoma de Aragón.
La pertenencia a los colectivos anteriores se acreditará mediante informe de la entidad de
formación acreditativo del cumplimiento de los requisitos por parte del alumnado que se incorpore, a través del correspondiente certifcado o documento probatorio equivalente, que podrá
extenderse por:
a) Los servicios sociales públicos o del centro de acogida en el que resida.
b) La entidad privada sin ánimo de lucro que los atienda.
c) Un trabajador o una trabajadora social colegiado/a.
d) Resolución judicial, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal.
Se exceptúan las personas con discapacidad referidas en el apartado a) que aportarán la
certifcación o documento de reconocimiento de grado de discapacidad o reconocimiento de
la incapacidad y las personas referidas en el apartado b) que presentarán la autorización de
residencia temporal por arraigo de formación.
Presencial en el aula.
Adquirir conocimiento sobre el proceso, estrategias y necesidades requeridas para la creación de empresas online, así como la normativa y requerimientos legales que configuran la creación de estas empresas.

Soy Técnico Auxiliar Agrónomo y Técnico en Sistemas Microinformáticos con más de 10 años de experiencia en formación no reglada. Mi trayectoria profesional se complementa con especializaciones y certificaciones en áreas clave, como:
- Community Manager y herramientas 2.0.
- Formador de Formadores.
- Metodología didáctica del e-learning en Moodle.
- E-learning 2.0: Integración, usos educativos y mantenimiento de la Web 2.0 en Moodle.
- Creación de contenidos y medios didácticos en Moodle.
- Implementación y mantenimiento de redes en Windows Server 2003.
- Certificado por LEGO Education.
Cuento con una sólida base técnica y metodológica que me permite diseñar, implementar y mantener plataformas formativas, además de capacitar a otros a través de herramientas digitales y entornos educativos modernos.
Las personas participantes en este programa habrán de encontrarse en situación o riesgo de exclusión social o laboral, debiendo estar incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas con discapacidad, a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. A este respecto, se considera también que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
b) Personas titulares de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo para la formación.
c) Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital regulado por la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. También personas perceptoras de subsidios por desempleo u otras prestaciones equivalentes. Esta condición se extiende a los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de cualquiera de las prestaciones anteriores.
d) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a la que se hace referencia en la letra anterior, por alguna de las siguientes causas: - Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora. - Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
e) Personas mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de situación de tutela por parte de Instituciones de Protección de Menores, o en situación de internamiento en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como personas en situación de libertad condicional y personas ex reclusas.
f) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Administración Pública.
h) Personas menores extranjeras no acompañadas.
i) Personas pertenecientes a minorías étnicas que acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.
j) Personas que tengan reconocida la condición de refugiadas; personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal.
k) Víctimas de violencia de género, acreditándose esa condición de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género.
l) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social de centros inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
"1. Libro de módulos formativos, libreta, bolígrafo y cartera. 2. Memoria USB"
"CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 1 ACREDITADO POR INAEM Y CONVALIDABLE CON ASIGNATURAS DE GRADO MEDIO"